SITUACIÓN TARIFARIA

Cuadros Tarifarios Vigentes

Vigentes para los meses de agosto, septiembre y octubre de 2023, aprobados por Resolución 107/2023 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Cuadros Tarifarios Anteriores

Vigentes para los meses de mayo, junio y julio de 2023, aprobados por Resolución 62/2023 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/02/2023 al 30/04/2023 – Aprobado por Res. N° 13/23 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/11/2022 al 31/01/2023 – Aprobado por Res. N° 190/22 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/09/2022 al 31/10/2022 – Aprobado por Res. N° 161/22 del Ente Provincial Regulador de la Energia (EPRE).

El cuadro es complementado por la Res. 166/22 del EPRE que dispone: “…en este contexto, la Secretaría de Energía de la Nación, a través de su Resolución 649/22, estableció que los usuarios residenciales enmarcados en el Nivel 3 que registren un consumo de electricidad de hasta 400 kWh mensuales, seguirán siendo subsidiados. No obstante, el excedente de esos 400 kWh mensuales se facturará a tarifa plena (sin subsidio) a partir del 1° de octubre de 2022”.

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Para acceder a la Resolución 166/22 del EPRE, haga clic aquí

 

Vigente para consumos a partir del 01/08/2022 al 31/08/2022 – Aprobado por Res. N° 146/22 del Ente Provincial Regulador de la Energia (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/06/2022 al 31/07/2022. Aprobado por Res. N° 103/22 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/05/2022 al 31/05/2022. Aprobado por Res. N° 59/22 y 83/22 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/03/2022 al 30/04/2022. Aprobado por Res. N° 27/22 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/02/2022 al 28/02/2022. Aprobado por Res. N° 229/21 y 16/22 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Vigente para consumos a partir del 01/08/2021 al 31/01/2022. Aprobado por Res. N° 148/2021 del Ente Provincial Regulador de la Energía (EPRE).

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Reglamento de Suministro

Descargue el reglamento de suministro de energía eléctrica para los servicios prestados por Enersa.

Revisión Tarifaria Quinquenal

Período 2021-2026

Resolución 219/22 EPRE

Resolución EPRE 11/23

Período 2016-2021

Resolución 168/16 EPRE

OFICINAS COMERCIALES

Las oficinas comerciales de Enersa se encuentran abiertas los días hábiles de 07:00 a 14:00 hs, con modalidad restringida: por número de documento y respetando las medidas de prevención en este contexto de emergencia sanitaria.

  • Paraná y Concepción del Uruguay: Se atenderá al público únicamente con turno previo. La atención por terminación de DNI queda suspendida hasta nuevo aviso.

👉 TURNO ONLINE (Solo Paraná y C. del Uruguay)

¡Los turnos se dan con hasta 15 días de anticipación!
Si usted desea sacar turno y la franja disponible está completa, vuelva a ingresar al día siguiente.

Modalidad de atención al público

Será por número del DNI de la persona que realice el trámite, según el día asignado:

  • Lunes: DNI finalizados en 0 y 1
  • Martes: DNI finalizados en 2 y 3
  • Miércoles: DNI finalizados en 4 y 5
  • Jueves: DNI finalizados en 6 y 7
  • Viernes: DNI finalizados en 8 y 9

Los usuarios deberán ingresar con barbijo y/o cubrebocas y respetar la distancia mínima entre personas de 2 metros.

Más información aquí

NUEVOS SUMINISTROS

Contás con las siguientes opciones para solicitar un nuevo servicio eléctrico:

Si SOS propietario

La documentación solicitada es la siguiente:

  1. D.N.I. del Titular y cónyuge.
  2. Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
  3. Certificado de conexión de servicio eléctrico emitido por electricista matriculado.
  4. Firmar el formulario de solicitud de suministro correspondiente.
  5. Abonar el derecho de conexión de acuerdo al cuadro tarifario vigente.

Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.

Si NO SOS propietario

La documentación solicitada es la siguiente:

  1. Contrato de alquiler sellado, ó
  2. Contrato de comodato, ó
  3. Tenencia provisoria (en casos especiales), ó
  4. Certificado de vecindad acompañado por documentación pertinente.
  5. Depósito en garantía (según importe vigente)
  6. Garante solidario

Requisitos del Garante:
Ser un cliente activo
Ser cliente propietario (con Título de propiedad)
Sin facturas de irregularidad en ningún suministro
Tener no menos de 6 facturas emitidas
No debe ser garante de otro suministro
Sin deuda vencida de facturas o de cuotas de convenio en ningún suministro
No podrá poseer Órdenes de Servicio de Suspensión resuelta durante el último año calendario
No podrá auto-garantizarse

Documentación a presentar por el Garante una vez validado como tal:
Fotocopia del D.N.I.
Título de propiedad o Boleto de compraventa sellado
Condición de titular del servicio eléctrico (última factura paga y no debe presentar suspensiones en el último año)

Requisitos para el Futuro Titular:
Documento del Titular (D.N.I., Cédula, L.E., L.C. u otros)
Documento del cónyuge
Condición fiscal y CUIT
Declaración jurada de artefactos eléctricos (se confecciona al momento de realizar la solicitud)

Requisitos para Personas Jurídicas / Industrias:
Tenencia de inmueble
Poder de representación otorgado por la Sociedad o Empresa
Documento de la persona que realiza el trámite
Condición fiscal y CUIT

Si querés acceder al reglamento de suministro de energia eléctrica para los servicios prestados por Enersa, hacé clic acá.

Hogares

Si deseás solicitar la habilitación de un nuevo suministro, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Título de propiedad, boleto de compraventa o contrato de alquiler (sellados), o documentación que demuestre la posesión o tenencia del inmueble y fotocopias del mismo.
  • DNI del futuro titular y cónyuge, y fotocopias de los mismos.
  • Certificado de aprobación de instalaciones eléctricas emitido por un Instalador Electricista Matriculado.
  • En caso de poseer una condición fiscal distinta de Consumidor Final, deberás informar el CUIT  que será verificado por ENERSA.
  • Si sos una persona jurídica, deberás presentar el Contrato de Constitución Social y un Poder de representación otorgado por la sociedad, quien realizará el trámite ante esta Distribuidora, y fotocopias de los mismos.
  • Abonar el derecho de conexión correspondiente según Cuadro Tarifario Vigente.
  • Si no sos propietario, deberás optar por proponer un garante solidario o abonar un depósito en garantía. El garante debe ser titular de un suministro activo y deberá presentar:  copia del documento de identidad, copia de la factura de energía a su nombre y copia del título de propiedad. La aceptación del garante será evaluado por ENERSA.
  • No deberás registrar deudas con ENERSA.

Comercios e Industrias

  • Título de propiedad, boleto de compraventa o contrato de alquiler (sellados), o documentación que demuestre la posesión o tenencia del inmueble y fotocopias del mismo.
  • DNI del futuro titular y fotocopias del mismo.
  • Certificado de aprobación de instalaciones eléctricas emitido por un Instalador Electricista Matriculado.
  • Certificado de Inscripción en la Dirección General de Industrias y Parques Industriales, Registro y Estadística Industrial.
  • En caso de poseer una condición fiscal distinta de Consumidor Final, deberás informar el CUIT, que será verificado por ENERSA.
  • Si sos una persona jurídica, deberás presentar el Contrato de Constitución Social y un Poder de representación otorgado por la sociedad, quien realizará el trámite ante esta Distribuidora, y fotocopias de los mismos.
  • Abonar el derecho de conexión correspondiente según Cuadro Tarifario Vigente.
  • Si no sos propietario, deberás optar por proponer un garante solidario o abonar un depósito en garantía. El garante debe ser titular de un suministro activo y deberá presentar:  copia del documento de identidad, copia de la factura de energía a su nombre y copia del título de propiedad. La aceptación del garante será evaluada por ENERSA.
  • No deberás registrar deudas con ENERSA.

CAMBIO DE TITULARIDAD

Contás con las siguientes opciones para solicitar un cambio de titularidad:

Si SOS propietario

1) D.N.I. del Titular y cónyuge.
2) Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
3) Titular o cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.

En todos los casos, deberás presentar fotocopia de la documentación requerida.

El cambio de titularidad de un suministro, según lo establecido por el artículo 1.5 y concordantes del Reglamento de Suministro, importa gozar de los derechos y asumir todas las obligaciones que el titular anterior mantuviese con ENERSA, incluso el pago de consumos y demás deudas, recargos e intereses que se registraran en relación a dicho suministro.

Si NO SOS propietario

1) D.N.I. del nuevo titular o cónyuge.
2) Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
3) Titular o cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
4) Abonar depósito en garantía o presentar un garante solidario.

En todos los casos, deberás presentar fotocopia de la documentación requerida.

El cambio de titularidad de un suministro, según lo establecido por el artículo 1.5 y concordantes del Reglamento de Suministro, importa gozar de los derechos y asumir todas las obligaciones que el titular anterior mantuviese con ENERSA, incluso el pago de consumos y demás deudas, recargos e intereses que se registraran en relación a dicho suministro.

PREGUNTAS FRECUENTES

Ante la falta de suministro eléctrico en su domicilio, ENERSA recomienda que:

· Verifique si actuó alguna protección diferencial, termomagnética o fusible en su instalación. Esta verificación debe realizarla tanto dentro del inmueble como así también en el tablero principal. Es importante descartar esta posibilidad de problema interno pues si la guardia concurre al lugar se vería imposibilitada de brindarle solución, teniendo además en este caso un costo por Gastos de Verificación previsto en el Régimen Tarifario que se incorpora en la siguiente facturación.

· Verifique si el inconveniente es sólo suyo o si hay varios afectados.

Si usted posee un artefacto que pudo haber resultado dañado por algún tipo de inconveniente eléctrico, deberá cumplir con los siguientes requisitos para solicitar su reconocimiento:

 

–  Ser titular del suministro (o tercero en representación, debidamente autorizado por el titular).

–  ​Presentar fotocopia del DNI (anverso y reverso).

​-  Presentar última factura paga del servicio.

–  Presentar factura original de compra del artefacto (si la tuviese).

​-  Presentar presupuesto original de reparación del artefacto (el presupuesto deberá cumplir con las disposiciones fiscales y legales vigentes y, en la descripción, deberá detallarse el tipo de falla detectada, la causa o motivo que pudo ocasionar el daño, el detalle de la reparación a realizar y el importe expresado en pesos).

 

En caso de que el artefacto no tenga arreglo posible, el usuario deberá presentar constancia avalada por técnico competente que detalle:

 

–  Tipo de falla detectada y aclaración que indique la imposibilidad de arreglo.

–  Causa o motivo que pudo ocasionar el daño.

–  Presupuesto de artefacto nuevo con características similares al dañado.

 

Recuerde que usted puede hacer este trámite en nuestras oficinas comerciales de toda la Provincia, o a través del Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.

¿Afecta esto la calidad de mi servicio?

· Si usted está en conocimiento de la existencia de alguna conexión clandestina, no dude en comunicarlo al Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.

· La calidad de su servicio puede verse afectada.

· Recuerde que el hurto de energía esta penado por la ley y es responsabilidad de todos trabajar para combatirlo.

Usted tiene varias posibilidades de acceder a su factura. Recuerde que la información de su próximo vencimiento figura en la factura anterior.

 

1) Por teléfono, a través del S.A.T.I.

· De no recibir su factura antes de fecha antes mencionada, o en caso de haberla extraviado, podrá solicitar el envío de la misma al Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.

Aclaración: La emisión de un duplicado de la factura tiene un costo adicional que se encuentra previsto en el Régimen Tarifario.

· Si se reitera este inconveniente, verificar que los datos del domicilio postal sean correctos.

. Ante cualquier cambio en su domicilio postal, favor de reportarlo al S.A.T.I.

 

2)  A través de su teléfono celular o por Internet

Usted también puede descargar la factura desde su teléfono celular, a través de la aplicación de ENERSA o accediendo a la página web kappa071.energiaer.com.ar/portalmovil

 

 

Con el número de ID que figura en su factura, usted puede abonar en las bocas de cobranza de la red Multipago de Serconfi S.R.L., o a través de Pago Fácil.

Usted podrá solicitar que las facturas sean enviadas a otro domicilio postal. Para ello,el titular del servicio deberá comunicarse al Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.

Siempre es perefrible fijar domicilios postales dentro de la Provincia de Entre Ríos para asegurar la recepción de la factura y/o cualquier otro tipo de documentación y/o información.

Sí, puede ocurrir en los siguientes casos:

· Cuando haya dos (2) o más suspensiones del suministro en el término de doce (12) meses consecutivos.

· A los clientes que no fuesen propietarios, quienes podrán optar entre ofrecer como garantía el pago de un depósito o la asunción solidaria de la obligación de pago por parte de un cliente que, siendo titular de un suministro, sea propietario de un inmueble al que la empresa preste servicio.

· A titulares precarios y transitorios.

· Al restablecer el suministro cuando se haya verificado apropiación de energía.

· Cuando otras circunstancias tales como concurso o quiebra del cliente lo justifiquen.

Si me suspenden el suministro por falta de pago, ¿cuánto tardan en rehabilitarlo?
Los suministros suspendidos por falta de pago, serás restablecidos en un plazo que no podrá exceder el día hábil siguiente de abonadas las sumas adeudadas y la tasa de rehabilitación.

Si Ud. realiza una consulta con respecto a los consumos registrados en su suministro, le sugerimos:

· Debe realizar la comparación con el consumo del mismo periodo del año anterior. (Ver gráfico de barras de consumo en la factura)

· Tener en cuenta si ha incorporado nuevos artefactos eléctricos o si ha incrementado el uso de los existentes.

· Verificar que todos los artefactos electrodomésticos funcionen correctamente.

· Verifique siempre con la asistencia de un electricista matriculado la existencia de pérdidas internas en sus instalaciones

· Si luego de haber realizado las verificaciones antes mencionadas no logra un resultado satisfactorio, comuníquese al Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080, con la factura que considera registra exceso de consumo.

En caso de ser propietario el solicitante deberá presentar la siguiente documentación:

– D.N.I. del Titular y cónyuge.
– Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
– Certificado eléctrico emitido por electricista matriculado.
– Firmar el formulario de solicitud de suministro correspondiente.
– Abonar el derecho de conexión de acuerdo al cuadro tarifario vigente.
– Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.

 

En caso de ser no propietario, la documentación a presentar es la siguiente:

 

– D.N.I. del Titular y cónyuge.
– Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
– Certificado eléctrico emitido por electricista matriculado.
– Firmar el formulario de solicitud de suministro correspondiente.
– Abonar el derecho de conexión de acuerdo al cuadro tarifario vigente.
– Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
– Abonar depósito en garantía o presentar un garante solidario.

 

Cualquiera sea el caso, le sugerimos además adherirse al Débito Automático, una opción cómoda y práctica para usted. Para solicitar la adhesión, comuníquese por favor con el Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.

Para solicitar la baja de un suministro se deberá presentar:

– D.N.I. del Titular.

En caso de ser propietario, la documentación a presentar es la siguiente:

 

– D.N.I. del nuevo titular y cónyuge.
– Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
– Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.

 

En caso de ser no propietario, la documentación a presentar es la siguiente:

 

– D.N.I. del nuevo titular y cónyuge.
– Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
– Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
– Abonar depósito en garantía o presentar un garante solidario.

 

En todos los casos, se deberá presentar fotocopia de la documentación requerida.

 

El cambio de titularidad de un suministro, según lo establecido por el artículo 1.5 y concordantes del Reglamento de Suministro, importa gozar de los derechos y asumir todas las obligaciones que el titular anterior mantuviese con ENERSA, incluso el pago de consumos y demás deudas, recargos e intereses que se registraran en relación a dicho suministro.