| ¿Qué se hace ante la falta de suministro? |
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Ante la falta de suministro eléctrico en su domicilio, ENERSA recomienda que:
· Verifique si actuó alguna protección diferencial, termomagnética o fusible en su instalación. Esta verificación debe realizarla tanto dentro del inmueble como así también en el tablero principal. Es importante descartar esta posibilidad de problema interno pues si la guardia concurre al lugar se vería imposibilitada de brindarle solución.
· Verifique si el inconveniente es sólo suyo o si hay varios afectados.
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¿Qué debo hacer en el caso de estar en conocimiento de alguna conexión clandestina? ¿Afecta esto la calidad de mi servicio? |
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· Si usted está en conocimiento de la existencia de alguna conexión clandestina, no dude en comunicarlo a nuestro Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.
· La calidad de su servicio puede verse afectada.
· Recuerde que el hurto de energía esta penado por la ley y es responsabilidad de todos trabajar para combatirlo.
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| ¿Qué hago si no recibí mi factura? |
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Recuerde:
· La información de su próximo vencimiento figura en la factura anterior.
· De no recibir la misma antes de esa fecha o en caso de haberla extraviado, podrá solicitar el envío de la misma a través de nuestro Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.
· Si se reitera este inconveniente, verificar que los datos del domicilio postal sean correctos.
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| ¿Puedo recibir la factura en un domicilio diferente al del suministro? |
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· Usted podrá solicitar que las facturas sean enviadas a otro domicilio postal.
Para ello el titular del servicio deberá comunicarse a nuestro Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080.
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| ¿Puede ENERSA solicitar un depósito de garantía? |
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Sí, puede ocurrir en los siguientes casos:
· Cuando haya dos (2) o más suspensiones del suministro en el término de doce (12) meses consecutivos.
· A los clientes que no fuesen propietarios, quienes podrán optar entre ofrecer como garantía el pago de un depósito o la asunción solidaria de la obligación de pago por parte de un cliente que, siendo titular de un suministro, sea propietario de un inmueble al que la empresa preste servicio.
· A titulares precarios y transitorios.
· Al restablecer el suministro cuando se haya verificado apropiación de energía.
· Cuando otras circunstancias tales como concurso o quiebra del cliente lo justifiquen.
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| Si me suspenden el suministro por falta de pago, ¿cuánto tardan en rehabilitarlo? |
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A partir de la acreditación del pago, ENERSA dispone de un plazo de 24 horas para rehabilitar el suministro.
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| ¿Cómo controlo el consumo? |
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Si Ud. realiza una consulta con respecto a los consumos registrados en su suministro, le sugerimos:
· Debe realizar la comparación con el consumo del mismo periodo del año anterior. (Ver gráfico de barras de consumo en la factura)
· Tener en cuenta si ha incorporado nuevos artefactos eléctricos o si ha incrementado el uso de los existentes.
· Verificar que todos los artefactos electrodomésticos funcionen correctamente.
· Verifique, por sus medios o con asistencia de un electricista matriculado, la existencia de pérdidas internas en sus instalaciones
· Si luego de haber realizado las verificaciones antes mencionadas no logra un resultado satisfactorio, comuníquese a nuestro Servicio de Atención Telefónica Integral (S.A.T.I.) 0-800-777-0080, con la factura que considera registra exceso de consumo.
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| ¿Cómo tengo que hacer para solicitar un nuevo suministro? |
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En caso de ser propietario el solicitante deberá presentar la siguiente documentación:
- D.N.I. del Titular y cónyuge.
- Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
- Certificado Eléctrico en caso de inmuebles nuevos y siempre en los de actividad comercial, emitido por electricista matriculado.
- Firmar el formulario de solicitud de suministro correspondiente.
- Abonar el derecho de conexión de acuerdo al cuadro tarifario vigente.
- Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
En caso de ser no propietario, la documentación a presentar es la siguiente:
- D.N.I. del Titular y cónyuge.
- Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
- Certificado Eléctrico en caso de inmuebles nuevos y siempre en los de actividad comercial, emitido por electricista matriculado.
- Firmar el formulario de solicitud de suministro correspondiente.
- Abonar el derecho de conexión de acuerdo al cuadro tarifario vigente.
- Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
- Abonar depósito en garantía o presentar un garante solidario.
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| ¿Cómo tengo que hacer para solicitar la baja del suministro? |
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Para solicitar la baja de un suministro se deberá presentar:
- D.N.I. del Titular.
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| ¿Cómo realizo el cambio de titularidad de un suministro? |
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En caso de ser propietario, la documentación a presentar es la siguiente:
- D.N.I. del nuevo titular y cónyuge.
- Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
- Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
En caso de ser no propietario, la documentación a presentar es la siguiente:
- D.N.I. del nuevo titular y cónyuge.
- Documentación que acredite la posesión o tenencia legal del inmueble.
- Titular y cónyuge no deberán registrar deuda con ENERSA.
- Abonar depósito en garantía o presentar un garante solidario.
El cambio de titularidad de un suministro, según lo establecido por el artículo 1.5 y concordantes del Reglamento de Suministro, importa gozar de los derechos y asumir todas las obligaciones que el titular anterior mantuviese con ENERSA, incluso el pago de consumos y demás deudas, recargos e intereses que se registraran en relación a dicho suministro
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